Se estima que el mercado total de productos orgánicos en Canadá varía entre $2.1 y 2.6 billones de US dólares y que más del 80% de los productos orgánicos que se consumen en ese país son importados. Sin embargo, este mercado se encuentra regulado desde 1999 sólo a través de normas voluntarias las que se conocen como National Standard of Canadá for Organic Agriculture. A partir de 2009 esta situación cambiará radicalmente con la entrada en vigencia de nuevas regulaciones de carácter obligatorias denominadas Organic Products Regulations (OPR las cuales establecen la certificación obligatoria tanto para los productos orgánicos nacionales como para los importado.
Es así como a partir de junio de 2009, el sector orgánico estará regulado a través del Régimen Orgánico de Canadá (Canadian Organic Regime, COR) y de los Sistemas de Producción Orgánicos, los cuáles contienen los Principios Generales de Producción y las Normas de Manejo (CAN/CGSB32.310) así como las Listas de Sustancias Permitidas (CAN/CGSB 32.311). Estas regulaciones, por el momento, se aplicarán solamente a los alimentos de origen vegetal y animal, al forraje y a los insumos usados en la producción orgánica. Las normas, publicadas el 14 de febrero de 2009, son la respuesta del gobierno a las peticiones de grupos interesados en desarrollar un sistema regulatorio oficial para enfrentar los temas de protección al consumidor y regular el acceso de los productos orgánicos al mercado doméstico e internacional.
El Régimen Orgánico de Canadá (COR), se basa en el modelo de entrega de servicio de tercera parte. De este modo, la Agencia Canadiense de Inspección de los Alimentos (Canadian Food Inspection Agency - CFIA) será la autoridad competente a cargo del control del sistema y las Entidades de Acreditación ahora denominadas como Entidades Verificadoras de la Conformidad (Conformity Verification Bodies - CVB) firmarán acuerdos con la CFIA una vez que demuestren cumplir con los criterios definidos por el COR. Los CVB a su vez, evaluarán a las empresas certificadoras para determinar si cumplen con los criterios establecidos y así recomendar que sean acreditados por la CFIA. La verificación de los sistemas de producción orgánica y de los predios será realizada por inspectores de tercera parte contratados por las empresas certificadoras acreditadas. Las actividades de verificación del cumplimiento y aplicación de las regulaciones, serán realizadas por la CFIA.
En relación al logo, la Agencia Canadiense de Inspección de los Alimentos (CFIA), introducirá un solo logo orgánico “Canada Organic” / “Biologique Canada” que podrá ser usado en forma voluntaria en los productos orgánicos certificados que tengan un contenido orgánico igual o superior a 95%. El uso del logo indicará a los consumidores que el producto se ha certificado cumpliendo con el estándar canadiense. Las empresas certificadoras, por su parte, serán identificadas en el envase del producto de acuerdo a lo estipulado en las regulaciones.
Importaciones y Exportaciones
Según las nuevas regulaciones, los productos orgánicos que entren a Canadá deberán cumplir los siguientes requisitos de importación:
1. Estar certificados como orgánicos de acuerdo a los estándares canadienses;
2. Estar certificados como orgánicos en el marco de un acuerdo firmado con ese país, respecto a la importación y a la exportación de productos orgánicos; y
3. Estar certificados como orgánicos por una empresa certificadora reconocida por ese país, en el marco de un acuerdo.
Todos los importadores de productos orgánicos deben poder demostrar que los productos cumplen con los requisitos de importación y toda la documentación será verificada por inspectores de la CFIA. La negociación de aceptación por parte del COR de sus socios comerciales es responsabilidad del Gobierno de Canadá para lo cual este ha solicitado a la Oficina de Estándares Generales Candienses (Canadian General Standards Board’s - CGSB) y al Comité Técnico para la Agricultura Orgánica (Technical Committee for Organic Agriculture) evaluar las diferencias existentes entre las distintas normativas con el fin de decidir sobre su equivalencia. A la fecha, la documentación para el reconocimiento del Sistema Canadiense ya ha sido preparada e intercambiada con la Unión Europea, los E.E.U.U. y Japón, y con fecha 17 de junio de 2009 se logró la primera equivalencia con el National Organic Program de los EE.UU. Cabe señalar que las regulaciones canadienses tomaron en consideración los requisitos de las normativas orgánicas de sus socios comerciales más importantes (U.E., EE.UU. y Japón) con el fin de estar en armonía con estos.
Los productos orgánicos exportados desde Canadá a otros mercados deben cumplir con los requisitos del país importador. En el caso que estos productos no cumplan con las regulaciones canadienses, no podrán ser comercializados en Canadá y no podrán llevar el logo oficial. El reingreso de estos productos a Canadá, como productos orgánicos, está prohibido.
Comercialización de productos orgánicos producidos antes y después del 30 de junio de 2009
Muchos productos orgánicos en Canadá (domésticos e importados) se certifican en la actualidad en forma voluntaria. Bajo las nuevas regulaciones, estas certificaciones seguirían siendo válidas sólo si la empresa certificadora es acreditada por una Entidad Verificadora de la Conformidad (CVB) reconocida por la CFIA. Si la certificación no es válida bajo estas condiciones, se otorgará un tiempo adicional de ajuste a los operadores orgánicos de modo que puedan adaptar sus sistemas al esquema obligatorio ya que la CFIA reconoce que algunos operadores necesitarán tiempo para hacer los cambios necesarios para cumplir con los nuevos requisitos. De esta manera, la Agencia ha desarrollado una Política de Implementación y Cumplimiento de las Regulaciones para no impedir el comercio orgánico después de la entrada en vigencia de las regulaciones, asegurando al mismo tiempo el control y proporcionando la protección a los consumidores. Por lo tanto, los productos producidos, vendidos, etiquetados, o presentados como orgánicos antes del 30 de junio de 2009, estarán bajo la Política de Implementación y Cumplimiento durante dos años y el operador orgánico será notificado que tiene este tiempo para cumplir con las nuevas regulaciones. Bajo ninguna circunstancia estos productos podrán llevar el logo orgánico. Esta Política se aplicaría de igual forma a los productos domésticos como a los importados. A partir del 30 de junio de 2009 y hasta el 30 de junio de 2011, a los operadores de productos orgánicos certificados que no cumplan los nuevos estándares orgánicos canadienses o que estén certificados a través de una empresa certificadora no acreditada por la CFIA, se les solicitará corregir las infracciones y proporcionar a la Agencia Canadiense de Inspección de los Alimentos, un plan con las acciones correctivas que aplicarán.